Los migrantes venezolanos con cinco años o más de haber tramitado el Permiso Especial de Permanencia (PEP) o el Permiso de Protección Temporal (PPT) en Colombia, ya pueden optar, si así lo desean, por la Visa R para obtener la cédula de residente, mientras los que se radicaron en el vecino país antes del 4 de diciembre de 2024, sin ningún tipo de condición legal, pueden solicitar la Visa Tipo V de acuerdo con la Resolución 12.509.
El ente encargado de ortorgar estos dos tipos de visa es la Cancillería de Colombia, institución que exige los siguientes requisitos: Pasaporte vigente o vencido (que no exceda de los 10 años de haber caducado), certificado apostillado de antecedentes penales de Venezuela, demostrar con documentos los medios de subsistencia o estabilidad económica (constancia de residencia, de trabajo, pagos de recibos, facturas, entre otros) y en el caso de la Visa R, adicional a estos requisitos, el PEP o PPT.
Una vez obtenidos los requisitos, el interesado debe ingresar al portal: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa, llenar el formulario, escanear los documentos para subirlos al sitio web, realizar el pago de tasa correspondiente y esperar la evaluación y posterior respuesta de la Cancillería, que notificará vía correo la aprobación de la visa.
El analista recordó que, con la aprobación de la visa, el migrante venezolano podrá solicitar ante la Registraduría de Colombia la cédula de residente. «Esta visa es la vía legal para que el ciudadano obtenga a futuro, si así lo desea, la ciudadanía colombiana», especificó.