El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1758 de 2026, mediante la cual adoptó el Plan de Atención del Sector Salud para la población migrante, refugiada, retornada y comunidades de acogida, creó la Mesa Técnica de Migración y Salud del Ministerio y estableció disposiciones para su implementación territorial. El acto administrativo fue expedido el 5 de agosto de 2026 y busca articular la respuesta sanitaria frente a los flujos migratorios mixtos, con énfasis en acceso, coordinación institucional y fortalecimiento de capacidades territoriales.
La resolución se fundamenta en el reconocimiento constitucional y legal del derecho a la salud, la atención obligatoria de urgencias y las competencias de departamentos, distritos y municipios en materia de salud pública. También incorpora como antecedentes la Política Integral Migratoria, los CONPES 3950 de 2018 y 4100 de 2022, el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 y decisiones de la Corte Constitucional relacionadas con la atención de población migrante.
La arquitectura regulatoria plantea, por tanto, una implementación en dos niveles. En el ámbito nacional se crea una instancia de coordinación sectorial, mientras que departamentos y distritos deberán incorporar el Plan dentro de sus instrumentos territoriales de planeación en salud.
La resolución señala expresamente que las entidades territoriales departamentales y distritales deberán, en el marco de sus competencias, armonizar e incorporar el Plan de Atención dentro de sus Planes Territoriales de Salud y los correspondientes Planes de Acción en Salud, siguiendo la metodología definida en los documentos técnicos adoptados.