Recientemente, la Corte Constitucional de Colombia hizo un recordatorio a las distintas entidades promotoras de salud ( EPS) que están obligados a suministrar atención médica, así como garantizar las distintas medicinas y tratamientos que los pacientes seropositivos necesiten, incluyendo a los migrantes venezolanos así estos estén de manera irregular en el país. Se ratificó que los migrantes tienen derecho a recibir atención de urgencias cuando no posean recursos económicos, para así garantizar la protección de sus derechos a la vida, salud e integridad, en especial cuando tiene un diagnóstico como el del VIH.