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 7 de octubre de 2019, una migrante venezolana de 33 años  fue hospitalizada por urgencias en el Hospital Universitario de Cartagena. Presentaba un cuadro diarreico frecuente y fue diagnosticada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH). El médico tratante le prescribió una serie de medicamentos y emitió una orden de control con un especialista en infectología en los siguientes tres meses. La paciente acudió varias veces al Departamento Administrativo Distrital de Salud de Cartagena y a la Alcaldía, pero no tuvo suerte: le negaron el suministro de medicamentos y la atención médica. Ante esta situación, la venezolana  formuló una acción de tutela en el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Cartagena con el propósito de que se ampararan sus derechos fundamentales a la vida digna y a la salud. Y casi 10 meses después, el pasado 15 de julio, la Corte Constitucional otorgó un fallo a favor de esta migrante, a quien no identificaron para protegerla. En la providenciase ordenó al Departamento Administrativo Distrital de Salud de Cartagena que autorice y entregue, a través de su red pública de servicios de salud, los medicamentos que le fueron prescritos a la demandante para su tratamiento.

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