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El Estado venezolano no cumple con las obligaciones internacionales en materia de género

Si bien el agresor es el responsable directo por la pérdida de la vida o la afectación a la integridad física o psicológica de las mujeres, niñas y adolescentes víctimas, el Estado tiene una fundamental obligación de prevención, investigación y reparación sobre la materia, a través de todas las formas de actuación y recursos disponibles, en el marco de sus obligaciones en materia de violencia de género. Esta responsabilidad debe proteger el derecho de todas las mujeres a una vida libre de violencia en todas las esferas y de forma indivisible e interdependiente respecto a otros derechos humanos, como lo son la vida, la libertad, la igualdad, el derecho de circulación, de reunión, entre otros. En tal sentido, cuando el Estado no cumple con estas obligaciones fundamentales en materia de género, las cuales se derivan de la propia suscripción de los tratados y acuerdos internacionales, se convierte en el responsable de la vulneración de los derechos humanos de las víctimas.

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