El jueves 21 de noviembre, la Corte Constitucional de Colombia ordenó a la Cancillería publicar una hoja de ruta para que los migrantes venezolanos conozcan el procedimiento para acceder a una visa que les permita trabajar en el país, mientras se resuelve su solicitud de refugio.
La Corte también ordenó a Migración Colombia abstenerse de instar a los migrantes venezolanos al desistimiento del salvoconducto SC-2 para tramitar el estudio y entrega del Permiso de Protección Temporal (PPT).
La decisión de la Justicia colombiana surge luego de que dos migrantes presentaron una tutela tras considerar que el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Trabajo y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia vulneraron sus derechos de petición, debido proceso y trabajo.
Indicaron que Migración Colombia no respondió las peticiones en las que los accionantes solicitaron la priorización del estudio y entrega de los Permisos de Protección Temporal (PPT) para su núcleo familiar.
La restricción de concurrencia entre el salvoconducto SC-2 y el PPT vulnera el debido proceso y el derecho de los migrantes a solicitar el reconocimiento de su condición de refugiados. Esta práctica, según el alto tribunal, incentiva a los solicitantes a desistir de sus peticiones bajo presión.
Esta medida busca garantizar que los migrantes tengan acceso a información detallada y precisa sobre los procedimientos necesarios para regularizar su situación laboral en el país.