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Conozca lo que sigue una vez firmado el Decreto del Estatuto Temporal de Protección

Luego de la firma del nuevo decreto del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes por el presidente de Colombia, le presentamos lo que sigue luego de este paso: Primero, está previsto que el registro para obtener el documento comience 90 días posteriores a la publicación de este Decreto. El registro de Migrantes Venezolanos se realizará en dos fases, de la siguiente manera: Primera Fase: Se creará el Registro Único de Migrantes que hace parte del proyecto de identificación y registro de ciudadanos venezolanos (RIC), para identificar y caracterizar a cada ciudadano radicado en Colombia. Este trámite, que será gestionado por Migración Colombia, se debe realizar de manera virtual. Segunda Fase: Se expedirá el Permiso por Protección Temporal (PPT) a los venezolanos que ya hayan realizado el trámite de registro.

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