REDHNNA: Convención que se maltrata
El artículo 19 de la CDN promulga la obligación de los Estados a adoptar las acciones, políticas y medidas para proteger a NNA contra abuso, trato negligente y malos tratos. Entre mayo y septiembre de 2020 se reporta la muerte de 107 NNA y otros 277 que han resultado lesionados y, aunque las muertes y lesiones producto de la acción deliberada de desconocidos o familiares de NNA representan menos de 30% de las situaciones registradas, no deja de ser alarmante la intensidad y las formas de violencia. 71 NNA sufrieron lesiones o murieron a manos de familiares, principalmente niños y niñas entre 0 y 10 años de edad. 19 NNA sufrieron violencia por acción de la delincuencia y, en este caso, las principales víctimas fueron adolescentes. En estos casos, el Estado tiene una responsabilidad indelegable, al no ofrecer las condiciones para prevenirlas. La principal falla es la ausencia de un sistema de protección eficiente y disponible con igualdad y no discriminación, con programas de atención disponibles y suficientes que permitan a las familias, escuelas y comunidades atender situaciones para armonizar la convivencia familiar y ciudadana.